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¿Puedo deducir los intereses hipotecarios de un alojamiento de tiempo compartido?
by TurboTax•1• Actualizado 4 mess hace
Puedes deducir los intereses de un alojamiento de tiempo compartido si está escriturado, registrado y archivado en los registros públicos, y cumple con todos los requisitos para la deducción de intereses hipotecarios.
Si alquilas el alojamiento de tiempo compartido durante el año, también debes usarlo como vivienda más de 14 días, o más del 10 % de la cantidad de días que está alquilado. Los días de uso y los días de alquiler se cuentan solo durante el tiempo que gozas del derecho de uso o de recibir algún beneficio de su alquiler.
Los intereses hipotecarios solo se pueden reclamar sobre dos viviendas como máximo (vivienda principal y vivienda secundaria). Si tienes hipotecas sobre dos viviendas y un alojamiento de tiempo compartido, no podrás deducir los intereses hipotecarios de una de esas propiedades.
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