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¿Tengo que reportar los artículos personales que vendí en una venta de garaje?

RESUELTApor TurboTax2Actualizado hace 3 semanas

Solo tienes que reportar los artículos personales que hayas vendido si lo hiciste por una cantidad superior a la que pagaste originalmente por ellos. Supongamos que compraste un molinillo de frutos secos antiguo por $5 en 1972 y lo vendiste hace poco por $75 en una venta de garaje. En ese caso, tendrías que reportar los $70 de ganancia como una venta de inversión.

La mayoría de las veces, el valor de los artículos de uso personal, como autos, electrodomésticos, vestimenta, muebles y otros artículos domésticos, disminuye después de la compra inicial. Si más adelante los vendes, en la mayoría de los casos, es por menos dinero del que pagaste, así que no hay ninguna ganancia que reportar. El IRS (Servicio de Impuestos Internos) no te permite deducir pérdidas sobre artículos personales.

Sin embargo, si tienes más de 200 transacciones y pagos por más de $20,000 procesados durante un año calendario a través de una organización intermediaria de pagos de terceros (como eBay) por la venta de bienes, recibirás un Formulario 1099-K para reportar tus transacciones de venta. De todos modos, tienes que reportar tus ganancias netas de las ventas como ingresos aunque no recibas un Formulario 1099-K para reportar tus ventas.

Si vendiste una donación o algo que te dieron gratuitamente, el precio de compra original se considera pagado por el donante, no por ti. Por ejemplo: si recibiste una cafetera exprés de $100 como regalo de bodas y luego la vendiste por $25, no hay nada que reportar. Por otro lado, si vendiste tu cafetera exprés por $250, reportarías la ganancia de $150 como una venta de inversión ($250 del precio de venta menos los $100 que pagó el donante).

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