¿Tengo que pagar impuestos sobre lo que le pago a mi empleado doméstico?

por TurboTax •   5
actualizado el March 24, 2026 5:30 PM

Las personas que trabajan en tu casa bajo tu dirección suelen ser empleados domésticos. Estos incluyen personal de limpieza, cocineras, niñeras, jardineros, etc. Los contratistas (por ejemplo, reparadores o plomeros) y otras personas propietarias de negocios que trabajan para ti como contratistas independientes no son empleados domésticos tuyos. La diferencia principal es que tú controlas lo que tus empleados domésticos hacen y cómo lo hacen.

Si le pagas a un empleado doméstico salarios monetarios de$2,800 o más en 2025 ($3,000 o más en2026), tienes que retener y reportar los impuestos del Seguro Social y de Medicare de su paga. Por lo general, tienes que retener el 6.2 % para el impuesto del Seguro Social y el 1.45 % para el impuesto de Medicare (un total de 7.65 %) del salario que le pagas a ese empleado. También debes pagar tu parte de los impuestos del Seguro Social y Medicare, que también son el 7.65 % de los salarios pecuniarios.

Los salarios monetarios incluyen los salarios que pagas en efectivo, con cheque o con giro postal. A menos que prefieras pagar de tus propios fondos la porción de impuestos del Seguro Social y Medicare de tu empleado, tendrás que retener el 7.65 % de cada pago salarial del empleado y pagar esta cantidad, junto con tu porción equivalente, al IRS (Servicio de Impuestos Internos).

Hay algunas excepciones a estos requisitos de retención, que incluyen los pagos hechos a:

  • Tu cónyuge

  • Tu hijo/a menor de 21 años

  • Tu padre o madre, a menos que se cumpla una excepción (consulta a continuación).

  • Un empleado menor de 18 años en cualquier momento del año, salvo que este trabajo sea su ocupación principal. Si es estudiante, este trabajo no se considera su ocupación principal

Excepción para padres:

Cuenta los salarios pagados a tu padre/madre si se aplican las dos condiciones siguientes:

  • Tu padre o madre cuida a tu hijo (incluidos los hijos adoptivos o hijastros) que cumple alguna de las siguientes condiciones:

    • Menor de 18 años

    • Tiene una condición física o mental que requiere el cuidado personal de un adulto durante al menos 4 semanas continuas en el trimestre calendario en el que se prestaron los servicios.

  • Tu estado civil es uno de los siguientes

    • Estás divorciado/a y no te has vuelto a casar.

    • Eres viudo/a

    • Vives con un cónyuge cuya condición física o mental le impide cuidar a tu hijo/a durante al menos 4 semanas continuas en el trimestre calendario en el que se prestaron los servicios.

Consulta la Publicación 926 del IRS para obtener más información.

No tienes la obligación de retener impuestos federales sobre el ingreso del salario de tus empleados domésticos, pero puedes hacerlo. Si tú y tu empleado lo acuerdan, la Publicación 15, Circular E del IRS, Guía de impuestos del empleador puede guiarte a través de este proceso.

Los requisitos adicionales podrían incluir pagar el Impuesto Federal de Desempleo (FUTA, por sus siglas en inglés), el Impuesto Estatal de Desempleo (SUTA, por sus siglas en inglés) y presentar los formularios W-2 y W-3 para cualquier retención federal que hayas realizado durante el año. Además, tendrás que presentar el Anexo H, Impuestos sobre el empleo de empleados domésticos junto con tu declaración de impuestos individual.

TurboTax Deluxe y las ediciones superiores te ayudarán con los empleados domésticos.

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