Las personas ciudadanas, las personas residentes y las entidades estadounidenses (incluidas las sociedades anónimas y las sociedades colectivas) deben presentar el Formulario FinCen 114 (Informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras o FBAR) si tenían una participación financiera (o autoridad para firmar) en al menos una cuenta financiera extranjera y el valor total de todas las cuentas en el extranjero excedió los $10,000 en cualquier momento durante el año calendario.
El Formulario FBAR es independiente de la declaración de impuestos.
Puedes presentar el Formulario FBAR a través del sitio web del sistema de presentación electrónica de la BSA (Ley de Secreto Bancario, por sus siglas en inglés) del Gobierno.
Materiales para presentar el Formulario FBAR
Mientras te preparas para enviar el Formulario FBAR, es importante tener preparada la siguiente información:
Nombre de la institución de la cuenta extranjera
Tipo de cuenta
Ejemplos: banco, valores
Número o designación de la cuenta
Titularidad de la cuenta
Ejemplos: separado, conjunto, autoridad de firma
Valor máximo de la cuenta (USD)
Dirección de la cuenta financiera
Formulario 8938
Es posible que también tengas que presentar el Formulario 8938 (Declaración de activos financieros extranjeros especificados). El Formulario 8938 se presenta con la declaración de impuestos y, si lo necesitas, te lo pediremos y lo completaremos. El IRS ofrece más información sobre el Formulario 8938.
Activos financieros extranjeros
Debes indicar en la declaración de impuestos si en algún momento del año tuviste un activo financiero en el extranjero. En TurboTax se hace de esta forma:
Responde las preguntas de la pantalla Ingresos varios por inversiones.
¿Qué tipos de activos o inversiones en el extranjero se deben incluir en el Formulario 8938 o FBAR?
Consulta este recurso del IRS para obtener una lista de activos extranjeros que se deben reportar para el Formulario 8938 o FBAR.
¿Cómo funcionan las prórrogas para el Formulario FBAR?
No es necesario que solicites una prórroga para el Formulario FBAR. Se prorroga automáticamente hasta el 15 de octubre si no lo envías antes del 15 de abril.



