¿Cuáles son los requisitos para el Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC o EITC, por sus siglas en inglés)?
Para calificar y reclamar el Crédito por Ingreso del Trabajo debes:
Tener ingreso del trabajo.
Haber sido ciudadano/a estadounidense o extranjero/a residente durante todo el año tributario.
Tener un número de Seguro Social válido (no un ITIN) para ti, tu cónyuge (si presentan la declaración de forma conjunta) y los hijos calificados reportados en tu declaración de impuestos.
No tener ingresos por inversiones que superen los $11,950.
No presentar un Formulario 2555 o 2555-EZ.
Presentar una declaración con el estado civil tributario de soltero/a, casado/a que presenta una declaración conjunta, cabeza de familia o cónyuge sobreviviente calificado, incluso si no tienes que presentar una declaración.
Además, ni tu ingreso del trabajo ni tu Ingreso Bruto Ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) pueden superar lo siguiente:
$19,104 si no reclamas a un hijo calificado ($26,214 si presentas la declaración de forma conjunta)
$50,434 si reclamas un hijo calificado ($57,554 si presentas la declaración de forma conjunta)
$57,310 si reclamas dos hijos calificados ($64,430 si presentas la declaración de forma conjunta)
$61,555 si reclamas tres o más hijos calificados ($68,675 si presentas la declaración de forma conjunta)
Si no reclamas un hijo calificado:
Tú y tu cónyuge con quien declaras en conjunto no pueden ser reclamados como hijos o dependientes calificados en la declaración de ninguna otra persona.
Debes tener al menos 25 años pero menos de 65 años (al menos un cónyuge debe cumplir con la regla de edad).
¿Qué es un hijo que califica para el Crédito por Ingreso del Trabajo?
Para que un hijo se considere calificado para el Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC, por sus siglas en inglés), debe tener un número de Seguro Social (no un Número de Identificación Personal del Contribuyente o ITIN, por su siglas en inglés).
Además, debe cumplir las siguientes condiciones:
Ser tu hijo/a (incluso uno/a legalmente adoptado/a), hijastro/a, hijo/a de crianza elegible, hermano/a, medio/a hermano/a, hermanastro/a o un descendiente de estos (por ejemplo, tu nieto/a o sobrino/a); y
Tener una discapacidad permanente y total o ser menor de 19 años el 31 de diciembre de 2025 (menor de 24 años si es estudiante de tiempo completo) y más joven que tú (o que tu cónyuge, si declaran en conjunto); y
Haber vivido contigo (o con tu cónyuge, si declaran en conjunto) más de la mitad del año en EE. UU. (salvo que seas miembro de las Fuerzas Armadas); y
No declarar en conjunto con su cónyuge, salvo que no hubieran tenido la obligación de presentar una declaración, pero, de todos modos, lo hicieron para reclamar un reembolso.
¿Cumplo con los requisitos para obtener el Crédito por Ingreso del Trabajo si no trabajé, estuve sin empleo o si no tengo la obligación de presentar una declaración de impuestos?
No calificas para el Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) a menos que tengas ingreso del trabajo y cumplas con todos los demás requisitos del EIC.
En otras palabras, no tener empleo, no trabajar o no cumplir el límite de presentación no te descalifica automáticamente del EIC.



