Para cumplir con las condiciones de la deducción de acuerdo con la Sección 179, tienes que continuar usando el activo más del 50 % en tu negocio hasta que dicho activo alcance el fin de su vida útil.
Si por algún motivo dejaste de usar el bien en tu negocio antes de que llegue al fin de su vida útil (por ejemplo, lo vendiste, se destruyó o fue robado) o el uso comercial del bien disminuye por debajo del 50%, no se cumplirán las condiciones de la Sección 179 y el IRS (Servicio de Impuestos Internos) aplicará a dicho bien el criterio de depreciación MACRS (Sistema Modificado de Recuperación Acelerada de Costos) regular.
La diferencia entre la deducción de acuerdo con la Sección 179 y la depreciación MACRS según la porción "utilizada" se denomina recaptura de acuerdo con la Sección 179 y se tiene que declarar como ingreso.