La cantidad mínima que tienes que retirar cada año de tu cuenta SEP/SIMPLE/IRA tradicional (no IRA Roth), 401(k), plan de ganancias compartidas, 403(b) u otro plan de contribución definida se denomina Distribución mínima requerida (RMD, por sus siglas en inglés).
Si cumples 70 años el 1 de julio de 2019 o después, no tienes que hacer retiros hasta que cumplas 72 años.
Debes comenzar a tomar tu RMD a más tardar el 1 de abril del primer año calendario después de uno de estos casos, el que ocurra al último:
- Cumples 70 años y medio si naciste antes del 1 de julio de 1949 o cumples 72 años si naciste después del 30 de junio de 1949.
- Te jubilas del empleo con el empleador que mantiene el plan.
Sin embargo, es posible que el plan requiera que comiences a recibir distribuciones a más tardar el 1 de abril del año posterior a los 72 años, incluso si no te has jubilado.
Si demoras la primera distribución hasta el 1 de abril siguiente, tendrás dos distribuciones ese año, ya que la segunda distribución vence el 31 de diciembre.
Puedes evitar incluir ingresos de estas dos distribuciones en el mismo año si haces tu primer retiro de RMD antes del 31 de diciembre del año en que realmente cumples 72 años.