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¿Son tributables los pagos resultantes de acuerdos de liquidación legales?

by TurboTax Actualizado 4 mess hace

Los pagos resultantes de acuerdos de liquidación legales suelen ser tributables, pero eso depende del tipo de acuerdo. El tipo de acuerdo lo encontrarás en tu Acuerdo de liquidación final.

  • Los acuerdos relacionados con demandas por lesiones físicas o enfermedades (mordeduras de perros, mesotelioma, etc.) no son tributables y no es necesario reportarlos, a menos que hayas deducido gastos médicos relacionados con la lesión en una declaración de impuestos anterior y hayas recibido un beneficio tributario debido a esa deducción. En ese caso, reporta los gastos médicos relacionados con el incidente como (otros) ingresos varios.
  • La indemnización por daños punitivos (excepto en ciertos casos de muerte por negligencia), la indemnización por discriminación en el empleo y la indemnización por daño a la reputación (calumnia, injuria o difamación) son tributables.
  • La indemnización por estrés emocional y angustia mental es tributable, a menos que esté relacionada con lesiones físicas o enfermedad, pero solo la cantidad que excede los costos médicos por tratamiento del estrés o la angustia no deducidos. Tendrás que presentar tu declaración en papel para que le puedas adjuntar una relación que muestre la cantidad de la indemnización menos los gastos médicos relacionados con el tratamiento (no deducidos).

Los intereses ganados sobre la indemnización son tributables y se tienen que ingresar como si hubieras recibido un Formulario 1099-INT.