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¿Es tributable el ingreso por discapacidad?

RESUELTApor TurboTax11Actualizado hace diciembre 10, 2023

Los beneficios por discapacidad que recibes del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA, por sus siglas en inglés) no son tributables ni es necesario que los informes en la declaración. Sin embargo, el pago de jubilación por discapacidad para militares podría ser tributable si se reporta en el Formulario 1099-R.

En general, los Beneficios por Discapacidad del Seguro Social (SSDI, por sus siglas en inglés) no son tributables, salvo que tengas grandes ingresos adicionales (más de $25,000 para contribuyentes individuales o $32,000 para contribuyentes casados).

Los beneficios de compensación al trabajador por lo general no se consideran ingresos tributables en la declaración federal o estatal. Existe una excepción, que ocurre cuando recibes beneficios de compensación al trabajador y del Seguro Social (o Junta de Jubilación Ferroviaria). Si parte de tu compensación al trabajador reduce tu Seguro Social, esa parte puede estar sujeta a impuestos.

Los beneficios por discapacidad que cubren pérdidas de ingresos, o de la capacidad de ganarlos, que resulten de lesiones en virtud de una póliza de seguro de auto contra todo riesgo, tampoco son tributables.

La discapacidad que te paga una compañía de seguros en concepto de, por ejemplo, pérdida de salarios, pérdida de extremidades o pérdida de la vista puede ser tributable, según las circunstancias:

  • Si las primas de seguro las pagó el empleador y no se incluyeron en tu ingreso sujeto a impuestos, la discapacidad es tributable.
  • Si las primas de seguro las pagaste tú de tu propio bolsillo o con deducciones de nómina que salieron de tu ingreso después de impuestos, la discapacidad es no tributable.
  • Si tu empleador y tú pagaron las primas de seguro de manera conjunta, solo es tributable la cantidad de la discapacidad cubierta por los pagos de tu empleador.

Si te jubilaste por discapacidad, la pensión que recibes a través de un plan pagado por la compañía cuenta como ingreso salarial hasta que alcances la edad mínima de jubilación (la edad a la que podrías recibir una pensión si no tuvieras esa discapacidad). Una vez que alcances la edad mínima de jubilación, la pensión ya no se informa como ingreso salarial, sino como ingreso por pensiones.

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