Si eres trabajador por cuenta propia o dueño de un negocio, puedes deducir gastos de viaje relacionados con el trabajo, lo que incluye vehículos, el precio del pasaje en avión, alojamiento y comidas. Los gastos tienen que ser ordinarios y necesarios.
En lo que respecta a gastos del vehículo, puedes elegir entre la tasa estándar por milla o el método de costos reales, en el que registras lo que gastas en gasolina y mantenimiento.
Por lo general, solo puedes reclamar el 50 % del costo de tus comidas durante un viaje relacionado con el negocio fuera de tu hogar de residencia fiscal, siempre que tu viaje requiera pasar la noche. Además, puedes deducir el 50 % del costo de comidas para entretener a clientes (independientemente de la ubicación), pero según la Ley de Empleos y Reducción de Impuestos (TCJA, por sus siglas en inglés) de 2017, ya no puedes deducir gastos de entretenimiento en los años tributarios 2018 a 2025. En 2021 y 2022, la ley permite una deducción del 100 % del costo de los alimentos y bebidas que proporciona un restaurante, en lugar de la deducción habitual del 50 %.
Por otra parte, los empleados ya no pueden deducir gastos de viaje menores en los años tributarios 2018 a 2025 según la TCJA. Antes de que se modificara la normativa fiscal, los empleados podían reclamar el 50 % del costo de las comidas no reembolsadas durante un viaje relacionado con el negocio, lejos del hogar de residencia fiscal, si el viaje requería pernoctar, y otros costos de viaje relacionados con el trabajo y no reembolsados. Estos gastos se manejaban como deducciones detalladas misceláneas del 2 %.