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¿Una deuda cancelada, condonada o liberada está sujeta a impuestos?

RESUELTApor TurboTax1Actualizado hace 7 días

Muy probablemente. La deuda cancelada, condonada o liberada se considera ingreso tributable a menos que califique para una exclusión o una excepción.

Deuda que califica para una exclusión

  • Cancelación de deuda de residencia principal calificada (también conocida como alivio de la deuda hipotecaria). En este caso, TurboTax completará el Formulario 982 y lo incluirá con tu declaración.
  • Deuda cancelada según las normas del Título 11 de bancarrota*.
  • Deuda (la cantidad que excede tus activos) cancelada durante la insolvencia*.
  • Cancelación de una obligación agropecuaria o de bienes raíces calificada.

*Puedes reportar este tipo de deuda excluible en el software TurboTax Desktop; no se admite en TurboTax Online ni en la aplicación móvil. Debido a la complejidad de este tema, recomendamos consultar a un profesional en impuestos. Consulta también la Publicación 4681 del IRS para obtener más información.

Deuda que califica para una excepción

  • Ciertos préstamos estudiantiles calificados.
  • Dinero excluido de los ingresos por ley, como regalos o legados.
  • Las cantidades de deuda cancelada que serían deducibles si un contribuyente sobre base de efectivo las pagara.
  • Reducción del precio de compra calificada otorgada por un vendedor.
  • Todo pago de incentivo a condición de que el prestatario haga puntualmente los pagos que reducen el saldo del capital de la hipoteca sobre tu vivienda, bajo el Programa Asequible de Modificación de Préstamo Hipotecario (HAMP, por sus siglas en inglés).

Normalmente, la deuda se reporta en el Formulario 1099-C. Sin embargo, si recibes un Formulario 1099-C por una deuda que un acreedor está intentando cobrar, no la reportes en tus impuestos. La deuda no cobrada no se considera cancelada, condonada ni liberada, lo que significa que no hay nada que reportar, al menos no todavía.

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