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¿Puede una persona casada reclamar el estado civil tributario de Cabeza de familia en la declaración?

RESUELTApor TurboTax7Actualizado hace alrededor de 1 mes

Incluso si estabas legalmente casado/a el 31 de diciembre, se te considera como persona no casada (y, por lo tanto, elegible como Cabeza de familia) si se aplican todas estas cinco condiciones:

  1. No vas a realizar una presentación conjunta con tu cónyuge.
  2. Tu cónyuge no vivió en tu hogar después de junio (no cuentan las ausencias temporales por enfermedad, universidad, vacaciones, trabajo ni servicio militar).
  3. Tu hogar fue el hogar principal de tu hijo/a, hijastro/a o hijo/a de crianza por más de medio año (los dependientes de tu hogar que no son hijos no califican).
  4. Pagaste más de la mitad de los gastos de mantenimiento del hogar durante el año tributario.
  5. Cumples con los requisitos para reclamar al hijo como dependiente, incluso si el otro padre (el que no tiene la custodia) está en realidad reclamando al hijo como dependiente en su declaración.

También se te puede considerar como persona no casada para declarar como Cabeza de familia si tu cónyuge era extranjero/a no residente en algún momento durante el año tributario y no lo tratas como extranjero/a residente.

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