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¿Qué gastos puedo deducir del trabajo por cuenta propia?

RESUELTApor TurboTax31Actualizado hace alrededor de 1 mes

Si el gasto está directamente relacionado con el trabajo que haces, puedes deducirlo como gasto. Consulta la siguiente sección para obtener una lista de los gastos comunes que podrían ser de interés para la mayoría de los contribuyentes que trabajan por cuenta propia.

Los gastos relacionados con el trabajo reducen tus impuestos ya que disminuyen la cantidad del ingreso por cuenta propia tributable. Por ejemplo, si obtuviste un ingreso de $50,000 por cuenta propia y tuviste $5,000 de gastos extraordinarios, solo $45,000 son tributables.

Si tienes preguntas específicas sobre tu trabajo para la declaración estatal, comunícate con el departamento de impustos de tu estado.

También tenemos instrucciones para ingresar tus gastos de trabajo por cuenta propia en TurboTax.

  • Costos de comunicación como, por ejemplo, teléfonos móviles, planes de datos, servicios de Internet o inalámbricos, teléfonos fijos o fax, cargos por larga distancia, servicios de correo de voz o de contestador, llamadas en espera, etc.
    • Si también se usan por motivos personales (por ejemplo, teléfonos móviles y servicios de Internet), solo se permite como gasto la parte que usaste con fines comerciales.
  • Insumos de oficina (papel, tóner, instrumentos de escritura, etc.), software, timbres, sobres, materiales de envío, artículos de limpieza
  • Licencias o permisos requeridos para tu profesión
  • Costos y cuotas de afiliación que pagaste a asociaciones o sindicatos profesionales
  • Educación continua o certificaciones relacionadas con tu trabajo
  • Millaje acumulado durante el transcurso de tu trabajo
    • Sin embargo, el viaje habitual de ida y vuelta a una oficina fija no califica
  • Costos de publicidad, incluidas las tarjetas de presentación y sitios web
  • Honorarios de abogados, asesores, contadores y otros profesionales
  • Seguro de responsabilidad civil, seguro contra errores y omisiones y seguro de caución
  • Cargos bancarios y de tarjeta de crédito
  • Primas de cobertura médica

Ejemplos de gastos específicos de la industria para trabajos por cuenta propia comunes.

Como conductor/a que trabaja por cuenta propia para Uber, Lyft u otra empresa, puedes deducir estos gastos relacionados con el trabajo, además de los mencionados en la sección anterior:

  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos y accesorios para telefonía móvil (cargadores, bases y soportes)
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Lavado, limpieza y detallado del vehículo
  • Licencias, permisos y pruebas de emisiones
  • Refrescos para clientes (botellas de agua, caramelos, refrigerios y chicles)
  • Comisiones pagadas o deducidas del ingreso (tarifa dividida de Uber y Lyft)
  • Cargos varios (peajes, estacionamiento, asistencia en carretera, cuotas urbanas y aeroportuarias, etc.)

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

En cuanto al vehículo en sí, puedes deducir combustible, mantenimiento, reparaciones, seguro de automóvil, registro vehicular, pagos de alquiler y depreciación. Muchos conductores optan por hacerlo a través de la tarifa estándar por milla (65.5 centavos por milla a partir del 1 de enero de 2023) porque es mucho más sencillo. Sin embargo, puedes deducir cada gasto por separado con el método alternativo de gastos reales. En ambos métodos, tendrás que realizar un seguimiento de tus millas comerciales y personales.

Tienes estos otros recursos:

Además de los gastos indicados en la sección de gastos comunes, es posible que tengas estos gastos mientras trabajas como asesor/a:

  • Insumos de oficina y software de computadora (tasas de preparación de impuestos)
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Educación relacionada con el trabajo
  • Licencias, cuotas de afiliación legales o profesionales
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Gastos de viaje, como pasaje de avión, alquiler de auto y alojamiento
  • Comidas de negocios con clientes (100 % del total de gastos de comidas en restaurantes desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022)

Estos gastos extraordinarios compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán la cantidad de ingresos tributables.

Si eres vendedor/a y trabajas por cuenta propia, estos son algunos gastos que puedes deducir, además de los mencionados anteriormente:

  • Kits de ventas, materiales para presentaciones, muestras gratuitas
  • Costos de alquiler de puestos en centros comerciales, mercados agrícolas, ferias artesanales, exposiciones comerciales, etc.
  • Espacio de almacenamiento para inventario
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Artículos de oficina, envío y franqueo
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos de viaje, como pasaje de avión, alquiler de vehículo y alojamiento
  • Comidas de negocios con clientes (100 % del total de gastos de comidas en restaurantes desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022)

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Además de los gastos mencionados anteriormente, los agentes inmobiliarios que trabajan por cuenta propia también pueden deducir los gastos siguientes:

  • Cargos de corredores, caja fuerte y servicio de listados múltiples (MLS, por sus siglas en inglés)
  • Publicidad, incluidos los sitios web (señalización, refrescos para jornada de puertas abiertas)
  • Seguro comercial (responsabilidad civil, errores y omisiones, etc.)
  • Costos de licencias y renovaciones, cuotas de afiliación a asociaciones profesionales
  • Educación relacionada con el trabajo
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos del vehículo o millaje estándar

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Como trabajador/a de la construcción, contratista, personal de mantenimiento o paisajista que trabaja por cuenta propia, estos son algunos gastos que puedes deducir, además de los indicados en la sección anterior:

  • Equipos, como herramientas de jardinería, carretillas, cortadoras de césped y remolques
  • Insumos (aspersores, herbicidas, fertilizante, etc.)
  • Vestimenta especial de protección, como máscaras, gafas, zapatos, botas de seguridad y guantes de trabajo
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Educación o capacitación relacionada con el trabajo
  • Licencias y permisos
  • Seguro de responsabilidad civil y otros
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Como cuidador/a, niñero/a que trabaja por cuenta propia, estos son algunos gastos que puedes deducir, además de los indicados anteriormente:

  • Certificación en RCP y capacitación en primeros auxilios
  • Insumos varios, como pañales, comida, juguetes y libros
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Educación o capacitación relacionada con el trabajo
  • Licencias, permisos y cuotas de membresía
  • Honorarios por servicios legales o profesionales (solo para cuidado infantil)

No puedes deducir estos gastos si no trabajas por cuenta propia, por ejemplo, si eres empleado/a doméstico/a contratado/a a través de una agencia.

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Los proveedores de servicios de atención médica que trabajan por cuenta propia, como acupunturistas, quiroprácticos, dentistas y médicos, pueden deducir los siguientes gastos, además de los mencionados en la sección anterior:

  • Equipos, insumos y herramientas especializadas, como mesas de examen y agujas de acupuntura
  • Uniformes que, de otro modo, no son adecuados para el uso diario
  • Refrescos y material de lectura para los clientes
  • Alquiler de consultorio o cabina
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Licencias, permisos, cuotas de renovación y cuotas de membresía
  • Seguro de responsabilidad civil, mala praxis o seguro comercial de otro tipo
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Educación o capacitación relacionada con el trabajo

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Los estilistas, esteticistas y barberos que trabajan por cuenta propia pueden deducir los siguientes gastos, además de los mencionados anteriormente:

  • Alquiler de salón o cabina
  • Insumos como champú, productos para el cabello, peines, toallas, productos para uñas, etc.
  • Herramientas (tijeras, secadoras de cabello, rizadoras, navajas), incluido el afilado de tijeras y herramientas
  • Uniformes que, de otro modo, no son adecuados para el uso diario, y los servicios de lavandería y limpieza correspondientes
  • Refrescos, wifi y material de lectura para los clientes
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Licencias, cuotas de afiliación
  • Educación o capacitación relacionada con el trabajo
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Si eres escritor/a, artista o actor/actriz y trabajas por cuenta propia, puedes deducir estos gastos, además de los que se indican en la sección anterior:

  • Equipos, como instrumentos musicales, caballetes, grabadoras y accesorios de escenario
  • Insumos, como lienzos, pintura y maquillaje para escenario
  • Vestuario (si no es adecuado para el uso diario)
  • Libros, revistas u otros materiales de referencia que uses en tu trabajo
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Comisiones de agentes
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Gastos de viaje, como pasaje de avión, alquiler de vehículo y alojamiento

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Como entrenador/a, juez de silla o árbitro que trabaja por cuenta propia, estos son algunos gastos adicionales que puedes deducir:

  • Herramientas, insumos y equipos (silbatos, pelotas, conos, kit de primeros auxilios, portapapeles, etc.)
  • Uniformes o indumentaria no adecuada para el uso diario, como cascos, máscaras, patines y petos protectores
  • Certificación en RCP y capacitación en primeros auxilios
  • Clínicas, talleres y capacitaciones especiales para entrenadores
  • Gastos de viaje, como pasajes aéreos, alquiler de auto y alojamiento (además de comidas, si tienes que ausentarte durante la noche)
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Licencias, permisos, tasas y cuotas de afiliación

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Los notarios, abogados u otros servicios legales que trabajan por cuenta propia pueden deducir los siguientes gastos, además de los mencionados anteriormente:

  • Insumos de oficina, diarios notariales y sellos
  • Gastos de copias e impresiones
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Seguro para notarios (errores y omisiones, fianza notarial)
  • Licencias, permisos, cuotas de renovación y cuotas de membresía
  • Educación o capacitación relacionada con el trabajo
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Honorarios por servicios legales o profesionales

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Los dietistas, nutricionistas y masajistas que trabajan por cuenta propia pueden deducir los siguientes gastos, además de los mencionados en la sección anterior:

  • Equipos e insumos especializados, como mesas de masaje, básculas, toallas, aceites para masajes y refrigerios
  • Uniformes que, de otro modo, no son adecuados para el uso diario
  • Publicidad, incluidos los sitios web
  • Alquiler de consultorio o cabina
  • Licencias, permisos, cuotas de renovación y cuotas de afiliación
  • Seguro de responsabilidad civil, mala praxis o comercial de otro tipo
  • Educación o capacitación relacionada con el trabajo
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos del vehículo o millaje estándar

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

Los terapeutas físicos/ocupacionales, terapeutas del habla y audiólogos que trabajan por cuenta propia pueden deducir los siguientes gastos, además de los ya mencionados en la otra sección:

  • Equipos, insumos y herramientas especiales, como tarjetas de logoterapia, bicicletas fijas, audiómetros, bandas terapéuticas, etc.
  • Uniformes que, de otro modo, no son adecuados para el uso diario
  • Seguro de responsabilidad civil, mala praxis o comercial de otro tipo
  • Licencias, permisos, cuotas de renovación y cuotas de afiliación
  • Educación o capacitación relacionada con el trabajo
  • Parte para uso comercial de teléfonos móviles, planes de datos o una segunda línea de teléfono
  • Gastos del vehículo o millaje estándar
  • Publicidad, incluidos los sitios web

Estos gastos de bolsillo compensarán (reducirán) tus ganancias y disminuirán el importe de ingresos tributables.

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