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Si usted, y su cónyuge en caso de presentar la declaración conjuntamente, no tienen un número de seguro social (SSN) válido, no podrán solicitar el Crédito Tributario por Hijos (CTC) ni el Crédito Tributario Adicional por Hijos (ACTC) en su declaración de impuestos de 2025, ni en la original ni en una enmendada.
No, en su caso los dos conyuges tienen Tax ID (ITIN) lo cual los descalifica para este credito. Para ser elegible para el Crédito Tributario por Hijos (CTC) en el 2025, es necesario que al menos uno de los padres posea un número de seguro social (SSN). Dado que ambos cónyuges en este caso tienen un Tax ID (ITIN), no cumplen con este requisito, y los descalifica para recibir dicho crédito.
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