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¿Son tributables los pagos resultantes de acuerdos legales?

RESUELTApor TurboTax1Actualizado hace enero 19, 2024

Los pagos resultantes de acuerdos legales suelen ser tributables, pero eso depende del tipo de acuerdo. El tipo de acuerdo lo encontrarás en tu Acuerdo de liquidación final.

  • Los pagos de indemnización por lesiones físicas o enfermedad (por ejemplo, mordeduras de perro, mesotelioma, etc.) no son tributables y no es necesario reportarlos, salvo que hayas deducido gastos médicos relacionados con la lesión en una declaración de impuestos anterior y hayas recibido un beneficio tributario de la deducción. En ese caso, reporta los gastos médicos relacionados con el incidente como (otros) ingresos varios.
  • La indemnización por daños punitivos son tributables, excepto en ciertos casos de muerte por negligencia, al igual que las indemnizaciones por discriminación en el empleoataque a la reputación (calumnia, injuria o difamación).
  • La indemnización por estrés emocional y angustia mental es tributable, a menos que esté relacionada con lesiones físicas o enfermedad, pero solo la cantidad que excede los costos médicos por tratamiento del estrés o la angustia no deducidos. Tendrás que presentar tu declaración en papel para que le puedas adjuntar una relación que muestre la cantidad de la indemnización menos los gastos médicos relacionados con el tratamiento (no deducidos).

Los intereses ganados sobre la indemnización son tributables y se tienen que ingresar como si hubieras recibido un Formulario 1099-INT.

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